viernes, 11 de julio de 2008

Sobre las convocatorias de promoción interna-II

Partamos de que el Tribunal tiene libertad (y la usa) para dejar fuera del proceso selectivo, en cada hito, a tantos opositores como considere pertinente, con dos limitaciones:
-- Una de máximos, dada por las bases de la convocatoria, que sitúan el límite de aprobados en el número de plazas ofertadas. De ahí no se puede pasar.
-- La otra, de mínimos, es de sentido común: si a las primeras de cambio ya dejan menos supervivientes que plazas, se habrán cargado el proceso selectivo. Ya no se competirá contra otros por una plaza, en todo caso contra uno mismo, y eso no es una oposición.

¿Dónde situar el corte?
Siempre estará en función del número de supervivientes que el Tribunal desee, con las dos limitaciones señaladas.
En el caso de la vigente oposición a Ejecutivo probablemente se dé por aprobados a los mil mejores exámenes, que competirían en la última y definitiva fase de concurso por las setecientas cincuenta plazas en liza. Eso se traduciría en situar el corte quizás por debajo de los setenta aciertos, por comparación con anteriores convocatorias.
Pienso que se puede admitir sin reparos el paralelismo ya que las personas participantes son básicamente las mismas que otras veces (con unos años más) y por tanto es de esperar un nivel similar al que hemos podido ver o algo más bajo.
En el caso de Gestión, teniendo en cuenta que aún falta una prueba y que se han presentado al primer examen 471 opositores, podrían dar por aprobados a unos 300 ó 350 y para ello seguramente habría que situar el corte en cuarenta aciertos netos de fallos o quizá menos.
Valen las mismas consideraciones sobre el nivel de los candidatos hechas anteriormente, con el matiz de que aquí se han sustituido los 150 que aprobaron la anterior de 1.999 por los que vienen de superar la última de Ejecutivo.

¿Cómo calificar a los aprobados?
La tarea de un Tribunal no es solamente situar a los opositores en un orden justo, también deben establecer entre ellos la distancia que represente correctamente a la diferencia demostrada en la prueba a calificar.
Una vez establecido el corte, la máxima nota que permiten las bases debería ser para el opositor que ha realizado el mejor examen, no para el opositor ideal que habría hecho un examen perfecto y que no participa en la convocatoria.
La nota mínima con que las bases permiten aprobar seria, lógicamente, para el último de los que han superado el corte.
El recorrido en puntos que hay desde la máxima nota permitida a la mínima necesaria para aprobar, dividido entre la diferencia de aciertos entre el mejor y el peor de los opositores aprobados, daría como resultado el valor en puntos de cada pregunta.
¿Un poco liado? Bueno, pero se puede preguntar. No te reprimas.

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